Máquinas expendedoras-expoliadoras de salud

 

Los viajeros de metro y otros transportes colectivos se sorprenden todavía al cruzarse con unas novedosas máquinas expendedoras de productos farmacéuticos. Y es que a nadie se le ocurriría considerar una mala idea poner a la disposición del usuario un servicio de 24h de venta de productos tan útiles como la crema solar o los preservativos. Pero, lo que puede parecer preventivo y beneficioso, se convierte en ocasiones en un ataque frontal a la salud de los consumidores.

La Sociedad Española de Seguridad Alimentaria acaba de publicar una nota de prensa en la que da a conocer la modificación del etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios para reforzar la seguridad de los consumidores. Este objetivo es compartido también por la Generalitat de Cataluña que está adoptando medidas muy interesantes para detectar los aspectos adversos de los productos de parafarmacia y poder así realizar un estudio o seguimiento para aumentar así el grado de cosmetovigilancia.

Más allá de nuestras fronteras, las normativas europeas indican que los fabricantes de productos dermocosméticas pueden poner en sus productos un teléfono de contacto en caso de que el consumidor tenga reacciones adversas. No obstante, las máquinas expendedoras son puntos de venta situadas en lugares con mucha afluencia, para beneficiarse de su potencial económico, sean o no adecuados para preservar las condiciones del mantenimiento de los productos: calidad, caducidad, etc. Dado que no tienen porque seguir un control, estos dispositivos de venta no cumplen con las recomendaciones hechas por los fabricantes. Pongamos el ejemplo de la temperatura: es alarmantemente común ver estos puntos de venta situados en lugares de exposición directa al sol.Todos aquellos que pertenecemos al sector de la Dermocosmética, sabemos que una crema expuesta a una temperatura elevada, rompe la emulsión comportando el mal estado de la crema. Si esto ocurriera, el usuario tiene todo el derecho a reclamar, ¿pero a quién? ¿A los laboratorios de dermocosmética? ¿A los de alimentación? Es evidente que ni unos ni otros pueden hacerse responsables de las condiciones en las que se hallan sus productos y que es la empresa poseedora de las maquinas expendedoras quién ha expuesto los productos a condiciones adversas. Por lo tanto, desgraciadamente, el consumidor queda en una situación de desprotección total.

La implantación de las máquinas de preservativos fueron en su día motivo de polémica, sin embargo, éstas eran dispuestas directamente por el fabricante del producto por lo que la responsabilidad de la conservación recaía en la empresa productora. Así pues, el consumidor, en caso de tener algún problema podía acudir directamente y reclamar al fabricante.

A nivel estatal y continental, las administraciones han comprendido que hay que cuidar al consumidor y por ello están redactando normativas que los fabricantes deben aplicar, sin embargo, sería una lástima que este esfuerzo humano por mejorar la calidad de los servicios quedara desamparado por culpa de unas máquinas expendedoras de todo y sin control por parte de nadie.

Fuente: lavanguardia

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