Contratacion Servicio Maquinas Vending Escuela de Negocios de Madrid (EOI

Contratacion Servicio Maquinas Vending Escuela de Negocios de Madrid (EOI)

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CAFETERÍA, RESTAURANTE Y VENTA AUTOMÁTICA MEDIANTE MAQUINAS EXPENDEDORAS (VENDING) EN LA FUNDACIÓN EOI
Número de Expediente: PG012/2009.

El objeto de este contrato es la prestación del servicio de cafetería, restaurante y venta automática mediante maquinas expendedoras (vending), en la sede de EOI en Madrid,calle Gregorio del Amo 6.

Este servicio tiene por objeto atender las necesidades de cafetería y restauración en
las instalaciones de la sede de EOI de: el personal que desarrolla su actividad en EOI,los alumnos de EOI, los profesores de EOI y de aquellas otras personas que por motivosde colaboración, asistencia a reuniones y otros actos, están autorizados para acceder a EOI.

El servicio se desarrollará bajo la supervisión de la Secretaría General que emitirá las instrucciones que aseguren el correcto desarrollo del mismo y que serán de obligado cumplimento para el adjudicatario.

EOI no asume la obligación de contratar en exclusiva con el adjudicatario todos los servicios de venta automática mediante máquinas expendedoras (vending) de los locales de EOI.

La instalación de este tipo de máquinas estará sujeta a la previa autorización de Secretaría General, que deberán determinar su número, lugar de instalación y superficies destinadas a este servicio, que se entiende forma parte, de modo complementario, a la prestación del servicio de cafetería restaurante objeto de este
concurso público.

Los productos alimenticios ofrecidos en máquinas expendedoras se renovarán con la frecuencia necesaria, teniendo en cuenta su fecha de caducidad o fecha de consumo preferente y se mantendrán a la temperatura máxima aconsejada para comidas refrigeradas con un periodo de duración superior a 24 horas. (Real Decreto 3484/2000,
de 29 diciembre, BOE 12.01.2001, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comida preparada).

El servicio de venta automática consistirá en:
– Dotación de máquinas expendedoras automáticas de bebidas calientes (café, café descafeinado, té, chocolate, leche, etc.), bebidas frías no alcohólicas y alimentos sólidos tipo snack, bollería, sándwiches, chicles, dulces, etc.
– Instalación de las mismas en los lugares que determine Secretaría General, salvaguardando la estética de los recintos donde se instalen mediante su encastrado en los paneles correspondientes.
– Reposición óptima de los productos que se expendan.
– Mantenimiento, reparación y limpieza de las máquinas a cargo del
adjudicatario.
Las bebidas calientes se deberán servir en recipientes con sus correspondientes tapas o cubiertas, con el fin de impedir que en los traslados se puedan derramar.
La limpieza de las máquinas, para mantenerlas en un estado apropiado de pulcritud y cuidado, correrá a cargo del adjudicatario, y el de los espacios públicos adyacentes
dependerá de EOI.
El consumo de energía y agua necesario para el funcionamiento de las máquinas expendedoras correrá a cargo de EOI. El resto de costes necesarios para su uso y mantenimiento (incluyendo instalación, transporte, mantenimiento, tasas, licencias o cualquier otro coste) será por parte del adjudicatario.
Las máquinas expendedoras deberán estar en perfecto estado conservación y uso y estar disponibles las 24 horas de todos los días del año.

Via: El Vending

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